La jueza consideró ofensivos los argumentos presentados en una causa por alimentos. La Cámara revocó la medida para el abogado.
Una jueza de Familia de Lomas de Zamora ordenó que un hombre y su abogado realizaran un curso de masculinidades en el marco de una disputa por la cuota alimentaria de un adolescente. La medida fue apelada y la Cámara la revocó respecto del letrado, al considerar que sus argumentos estaban amparados por el derecho de defensa.
Según informaron fuentes del caso, el conflicto comenzó en mayo de 2024, cuando una mujer inició una demanda para reclamar una cuota alimentaria en representación de su hijo. La causa quedó a cargo del Juzgado de Familia N.º 2 de Lomas de Zamora. En noviembre de 2025, la magistrada resolvió que el padre debía destinar el 30% de sus ingresos al pago de los alimentos. La obligación también incluía los conceptos correspondientes a salario familiar, ayuda escolar y obra social.
Durante el proceso, el hombre habría sostenido que la madre estaba en mejores condiciones económicas y personales para afrontar una mayor proporción de los gastos del adolescente. También habría mencionado sus problemas de salud, otras obligaciones familiares y su desacuerdo con decisiones de la mujer, como la mudanza a unos 50 kilómetros del antiguo hogar familiar y la inscripción del hijo en un colegio privado sin consultarlo.
La jueza habría considerado que esas afirmaciones eran ofensivas y estigmatizantes hacia la madre. Por ese motivo, ordenó que tanto el padre como su abogado realizaran un curso de masculinidades orientado a reflexionar sobre los estereotipos de género.
Una jueza de Familia de Lomas de Zamora ordenó que un padre y su abogado realizaran un curso de masculinidades en el marco de una disputa por la cuota alimentaria de un adolescente.
El padre y su abogado apelaron la decisión al considerar que sus argumentos no constituían violencia de género, sino que buscaban explicar la situación económica y familiar del demandado.
El caso llegó a la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y de Familia de Lomas de Zamora. Al analizar el planteo, uno de los jueces sostuvo que no se advertían manifestaciones ofensivas ni estigmatizantes que justificaran imponerle al abogado una capacitación obligatoria. Según el magistrado, los argumentos cuestionados formaban parte de una defensa habitual en este tipo de procesos y no contenían expresiones discriminatorias ni basadas en estereotipos de género.
Además, señaló que la perspectiva de género debe aplicarse sin restringir indebidamente el derecho de defensa de las partes. En consecuencia, la Cámara revocó la obligación de realizar el curso de masculinidades impuesta al abogado.
La situación del padre fue diferente: como ya había realizado y aprobado la capacitación, los jueces consideraron abstracto su reclamo sobre ese punto y no se pronunciaron sobre la validez de la medida que se le había impuesto.
Aunque revocó la capacitación obligatoria para el abogado, la Cámara confirmó la obligación alimentaria del padre y rechazó sus cuestionamientos sobre el monto establecido.
De esta manera, se mantuvo el pago del 30% de sus ingresos, la retroactividad de los alimentos desde la presentación de la demanda y la retención directa de su salario.
Lee también: Federico Otermín acompañó la apertura del espacio "Nueva Argentina" junto al rector de la UNLZ

